Política energética colombiana y propuestas del Movimiento Ríos Vivos para su transformación.

Política energética colombiana y propuestas para su transformación

Para debatir en la Mesa Social Minero – Energética y Ambiental para la Paz

Bogotá, julio 7 de 2016

-Documento en construcción –

Consultar documento en PDF

El actual modelo energético no atiende la demanda de la totalidad de la población colombiana, y sus efectos sociales, ambientales, económicos y culturales no justifican la implementación de más proyectos de represas y termoeléctricas. Las alternativas existen y son factibles para atender las necesidades de todos los colombianos, ya que la energía es condición necesaria para tener una vida digna. Entre ellas, se cuentan las energías renovables de pequeña escala, la descentralización, la reducción del consumo, la priorización de uso, el aumento de la eficiencia energética, entre otras.

Por otra parte, dichos efectos se agudizan por los vacíos existentes en la legislación ambiental y de ordenamiento territorial a partir de las violaciones sistemáticas de derechos fundamentales, humanos y ambientales, que se ahondan con la construcción de proyectos minero-energéticos. Algunos derechos vulnerados serían el derecho a la información y a la participación; a la libertad de reunión, a la libre asociación y expresión, y al trabajo y condiciones dignas de vida, a una vivienda adecuada, a la educación, a un ambiente sano y a la salud, a la justa negociación, tratamiento similar (conforme criterios transparentes y colectivamente acordados), a la libre movilización, a las formas de vida tradicionales, de acceso a la justicia y a la razonable duración del proceso judicial y el derecho a la reparación por pérdidas entre otros.

El conjunto de esas violaciones y las estrategias de implementación de los proyectos ocasionan desplazamiento forzado por la vía de amparos policivos de desalojo, expropiaciones, de la migración económica debido a la pérdida del trabajo, no reconocimiento de los afectados y las afectaciones por parte de los constructores de proyectos o el aumento del costo de vida en las localidades. Dado que muchos de estos proyectos se han construido en zonas donde el conflicto armado es muy agudo, la situación es aún más crítica por las amenazas y asesinatos de líderes y lideresas sociales.

Estas evidencias hacen necesario el replanteamiento o la transformación del modelo energético, que va más allá de cambiar el modo de producir la energía, que les permita a las culturas rurales seguir existiendo, como por ejemplo las comunidades barequeras, arrieras, agricultoras, campesinas, pequeña minería, indígenas, pescadores artesanales y comunidades negras. De este modo no agudizar el proceso de empobrecimiento y desigualdad social.

Sin embargo, la transformación del modelo energético debe entenderse como un proceso de transición en donde la participación social y comunitaria es un elemento fundamental. Así mismo, la participación de todos los sectores sociales son vitales para el consenso y el nuevo pacto social – ambiental.

Por estas razones, el Movimiento Ríos Vivos propone un nuevo modelo minero energético soberano[1] y autónomo, que responda a las necesidades nacionales del pueblo. El Modelo minero energético y ambiental deberá reconocer las soberanías alimentaria, energética e hídrica para garantizar los derechos fundamentales individuales, colectivos y los derechos de la naturaleza.

Reconocimiento de Derechos.

La política energética colombiana es necesario reorientarla a la luz de los lineamientos y sentencias proporcionados por la Corte Constitucional. Por ejemplo, la sentencia T 135 resalta que son evidentes los conflictos sociales, económicos y culturales frente a la construcción de represas en Colombia y que debieran contemplarse los lineamientos y alternativas propuestas por la Comisión Mundial de Represas en el año 20001. Es necesario replantear el modelo y política energética porque le está saliendo más caro al país construir represas ocasionando el desplazamiento forzado de la población, cercenando y eliminando bienes comunes estratégicos, que construyendo alternativas.

La sentencia dice que un censo de afectados nunca debe cerrar dado que las afectaciones no cesan. Y demanda la realización de un nuevo censo en el proyecto El Quimbo, esto complementa la sentencia T-194 sobre los efectos aguas debajo de la represas de Urrá I, y la T 652 sobre los derechos del pueblo Embera Katio en ese mismo proyecto.

Estas entre otras sentencias, son un marco de referencia para orientar la reformulación de la política energética actual a la luz de la crisis sociales y ambientales que se avizoran en torno al avance de más megaproyectos impuestos de generación de energía.

Los estudios de impacto ambiental no pueden seguir siendo elaborados por las empresas o por empresas pagadas por los promotores de los proyectos hidroeléctricos. La autoridad ambiental usa como referencia el EIA de las empresas para responder preguntas o quejas de los afectados, sin utilizar la fuente primaria de verificación. Así, cobra importancia la licencia social, pues a pesar de que los estudios cuentan con una variable socioe-conómica, eso no es garantía para que los afectados vean salvaguardados sus derechos, dado que quienes hacen los estudios, por lo general, no son de la zona o no conocen los territorios, dificultando su entendimiento de las complejas relaciones socioculturales que, al no conocerlas ni respetarlas, desembocan en grandes conflictividades sociales. Adicionalmente, es necesario que la carga de la prueba se revierta, y que sean las empresas foráneas a los territorios quienes demuestren por qué una persona no es afectada por su proyecto, pues hasta el momento si alguien considera que es afectado, debe demostrarlo mediante un proceso irregular que no es fácil para personas que no saben leer ni escribir, o que no tienen conocimiento de los protocolos establecidos por las empresas, ni el conocimiento suficiente de las instancias y mecanismos para acceder a la justicia.

La imposición de megaproyectos deja a la deriva un gran número de familias rurales que se han visto desfavorecidas o excluidas por el Estado Colombiano, incluso muchas de ellas han sufrido el conflicto armado en sus territorios. Muchas veces no se ha tenido en cuenta a estas poblaciones por el miedo que los funcionarios han tenido en su desplazamiento hacia sus sitios de trabajo, donde se encuentran los afectados.

También debe considerarse que las represas tienen una vida útil limitada, solucionan los problemas de la demanda energética a corto plazo, pero aún no hay respuesta sobre quien o quienes asumirán los costos de operación, mantenimiento o desmantelamiento, posterior al cierre.

No puede repetirse la trágica historia de la represa Anchicayá donde se derramaron 500.000 m3 de lodos tóxicos el 27 de julio de 2001 para repotenciar el embalse, luego de su vida útil. El empobrecimiento y detrimento de condiciones de vida en las comunidades afro descendientes ubicadas en la cuenca de este río aún sigue sin atenderse.

Otro modelo con reducción de consumo es posible

A la fecha, aproximadamente 129 proyectos hidroeléctricos se encuentran en operación , con lo que se genera más del 65% de los 60,000 giga vatios- año que se demandan anualmente. La capacidad instalada de más de 13.400 MW permitiría, según la UPME, sostener el crecimiento de la demanda energética hasta el año 2030 – 2040 y eso sin tener en cuenta el futuro aporte de Hidroituango en 2018 ni todos los proyectos que hay en curso. Por otra parte, ha quedado en evidencia que es posible reducir el consumo sin condenar a un apagón del país, pues recientemente aunque la central Guatapé salió de operación por algunos meses fue posible que el país redujera su consumo en un 5 %, aunque en esta cifra no es claro cuál fue el sacrificio de las empresas altamente intensiva en el uso de energía eléctrica, pues la publicidad gubernamental se enfocó a incentivar el ahorro en instituciones públicas y sector residencial solamente.

En otras palabras, la reducción del consumo si es posible, y esa es una de las alternativas para la transición del modelo energético. Esto quiere decir que sí se pueden encontrar alternativas.

Reducir consumo de energía eléctrica es posible, vivir sin agua imposible

El argumento gubernamental y técnico para imponer los megaproyectos suele ser la necesidad de tener energía para el desarrollo del país. Los afectados decimos que esa energía se puede generar de varias formas. Hemos evidenciado que al tiempo que se genera energía, se está dejando sin agua a las poblaciones rurales y se cercenan cauces en los centros mayormente poblados, se disminuye la oferta y la capacidad de producción de alimentos y se altera el clima en las localidades. Ello afecta la producción agrícola y el ciclo de reproducción del agua.

No puede seguirse repitiendo la nefasta historia de los proyectos a filo de agua, como por ejemplo Hidroamoyá en el Tolima que secó 45 quebradas con la construcción del túnel. Este proyecto fue galardonado como Mecanismo de desarrollo Limpio MDL- o el trasvase del Río Manso en Caldas que secó 25 quebradas y hasta el día de hoy solo tres han recuperado su cauce, 22 se extinguieron desde 2012.

Propuestas para la transformación

  1. Política energética

De las tecnologías: Las tecnologías de generación tienen que ser descentralizadas, de fácil acceso y apropiación y disponibles a todas las comunidades, en especial las comunidades económicamente marginadas, tanto en áreas rurales como urbanas.

El veto a proyectos: No podrán desarrollarse energías que ponen en riesgo la soberanía alimentaria, la biodiversidad, las aguas y la integridad física o cultural de los pueblos y sus territorios.

Participación: El diseño de sistemas de producción y distribución de energía deberá entender la participación como parte integral de la discusión con los usuarios, especialmente mujeres en sectores domésticos y rurales, quienes tienden a ser las mayores proveedoras y usuarias.

El precio de la energía: El precio de la energía de los combustibles deberá incluir las externalidades sociales y ambientales de su producción y uso.

De la planificación: Las fases de planificación energética deben responder a un proceso democrático que considere a los beneficiarios de la política nacional de energía. Deberá tener en cuenta la combinación de tecnologías adecuadas para un escenario de transición energética y debe ser aceptado en procesos de consulta con la sociedad civil.

  1. Comisión Nacional de Represas

Con las evidencias y experiencias que hay en torno a la construcción de más de un centenar de represas en Colombia y frente a las expectativas de desarrollo de este sector, se propone que se constituya una comisión encargada de estudiar algunos casos símbolo de represas construidas y en proyección, en los que se contemplen proyectos de grande, mediana y pequeña envergadura y trasvases. Se propone estudiar casos actuales de construcción como Hidroituango o recién construidos como Hidrosogamoso y El Quimbo; represas con una vida útil ya sobrepasada como Salvajina y bajo Anchicayá, y en operación como Urrá I, proyectos a Filo de agua como HidroAmoyá y Piedra del Sol, y Trasvases como el Río Guarinó y Río Manso.

Los estudios que se adelanten deberán dar cuenta de los impactos generados y los beneficios obtenidos. Los resultados se convertirán en lineamientos de política pública para la toma de decisiones sobre nuevos proyectos, proyectos en construcción y para atender la deuda histórica con los afectados por represas en Colombia.

La comisión deberá definir una ruta de atención frente a los impactos sociales económicos, culturales y ambientales, que no hayan sido identificados en los Estudios de Impacto Ambiental de los proyectos o que las medidas previstas de mitigación hayan sido insuficientes.

Integrantes de la comisión: Ministro de Agricultura, Ministro de Energía y Minas, Ministro de Ambiente, ANLA, ANM, Agencia Nacional de Tierras, Procuraduría, Ministerio del Interior, Defensoría del Pueblo, Academia, Movimiento de afectados por Represas – Ríos Vivos, Asesores temáticos señalados por el Movimiento Ríos Vivos, delegados de la Cumbre Agraria y de la Mesa Social Minero energética.

Herramientas metodológicas: La comisión hará uso de herramientas como la revisión de expedientes, revisión de información secundarias, revisión de sentencias de la corte constitucional y demás jurisprudencia referida al tema o afines, audiencias públicas en las regiones y en las ciudades, contratación de consultorías específicas, recorridos de campo, solicitud de conceptos técnicos a las instituciones y universidades públicas o instituciones públicas y privadas del extranjero, entre otras, para adelantar sus propios estudios y análisis.

La comisión deberá recibir información por escrito de otros proyectos en el curso de las audiencias públicas y por medios electrónicos que sirvan como base para sus análisis y conclusiones.

Tiempo: La comisión tendrá un tiempo de dos años para adelantar los estudios y seis meses en la deliberación de conclusiones para la presentación de un documento final.

Publicaciones: Se entregará un documento final consolidado al término de dos años y medio. Se publicará trimestralmente un boletín de avances que dé cuenta de las actividades realizadas por la comisión y los hallazgos relevantes.

  1. Política petrolera

Aunque es reconocido que la quema de combustibles fósiles es principal responsable del cambio climático global, en las últimas décadas, la política petrolera nacional ha incentivado la extracción intensiva de hidrocarburos, fundamentalmente para la exportación. Esta política no sólo ha agotado las reservas hidrocarburíferas, sino que ha provocado inmensos daños socio-ambientales y en la economía colombiana (enfermedad holandesa).

Ríos Vivos reivindica la premisa del investigador venezolano desaparecido hace unos años, Francisco Mieres: “El petróleo es bueno pero poquito, hay que sacarlo despacito y mejor el Estado solito”. De esta manera, parte del principio que las reservas petroleras actuales deberán ser priorizadas para suplir las necesidades nacionales actuales y ser utilizadas, principalmente, para usos no sustituibles en la actualidad. De manera que podamos avanzar hacia el tránsito energético.

Esta política deberá considerar:

Soberanía energética: La soberanía energética implica que el pueblo debe decidir para qué, para quién, cómo y dónde debe desarrollarse un proyecto energético. La Soberanía energética supone independencia, autonomía y el derecho de los pueblos a decidir sobre su energía, siendo una demanda esencial en la vida de todas las personas, comunidades y sociedades. La mejor manera para garantizar la soberanía energética es apoyando el desarrollo de proyectos energéticos de pequeña escala, autónomos, comunitarias, que no requieran de grandes inversiones y que logren estar desconectados del sistema centralizado. El Estado deberá reorientar las inversiones, préstamos y subsidios hacia proyectos de energías renovables, limpias y de bajo impacto que permitan el fomento de las energías sustentables, descentralizadas, individuales y comunitarias.

Sobre el recurso hidrocarburífero: El Estado debe ser el propietario y único regulador de los bienes hidrocarburíferos. Deberá priorizar el uso del petróleo y el gas para usos domésticos y para usos no sustituibles en la actualidad.

Sobre Ecopetrol: deberá ser una empresa 100% estatal y ser la empresa que lidere el tránsito energético, contribuyendo a la investigación y promoción de energías que contribuyan a la soberanía energética.

Sobre el cuidado ambiental: El Estado deberá definir zonas de restricción y cuidado especial ambiental, estableciendo unos límites mínimos en los que no sea permitida ninguna actividad que pueda afectar el entorno.

Sobre la investigación y la innovación tecnológica: El Instituto Colombiano del Petróleo se tranformará en el Instituto Colombiano de la Energía, como eje central de la investigación y búsqueda de alternativas energéticas limpias y renovables para garantizar la soberanía energética. Además se  creará un Fondo Energético Especial con destino a la investigación científico-técnica por parte de universidades públicas y el Instituto Colombiano de la Energía. La investigación estará dirigida hacia nuevas alternativas energéticas descentralizadas, autónomas y comunitarias, que sustituyan la energía fósil y las hidroeléctricas y permitan el cambio de la matriz energética. Las empresas minero – energéticas pagarán un impuesto que contribuirá a nutrir el Fondo.

Sobre los combustibles no convencionales: El Estado prohibirá el uso de técnicas agresivas como el fracturamiento hidráulico en lutitas (fracking), la combustión in situ, la extracción de gas metano asociado al carbón, la explotación de arenas bituminosas, entre otras.

Sobre la Moratoria petrolera. Se deberá impedir que nuevas áreas sean afectadas por la explotación petrolera Se deberá priorizar la conservación de las selvas como única garantía de la diversidad cultural y ambiental, la protección de las altas montañas, donde surgen las aguas que alimentan ciudades y poblados. No habrá transición energética si se sigue ampliando las fronteras extractivas.

Sobre el precio de los combustibles: El precio de los combustibles deberá incluir las externalidades sociales y ambientales de su producción y uso, e incluirá un impuesto para la transición energética.

Sobre los Subsidios: Se eliminarán todos los subsidios a los combustibles fósiles, los recursos que estaban destinados para este sector deberá ser transferidos al Fondo Energético Especial.

  1. Licencia social a los proyectos minero energéticos

Los proyectos minero – energéticos deberán tramitar una licencia social, a la par con la licencia ambiental. El Estado deberá reglamentar el procedimiento, que tendrá en cuenta la participación activa, consciente y autónoma de las comunidades. El Estado y el inversionista del proyecto en cuestión deberán garantizar los recursos necesarios para la participación de la sociedad. El proceso de licenciamiento social no contradice los mecanismos de participación reconocidos por la Constitución Nacional como la consulta previa, la consulta popular, la iniciativa popular, el referendo o plebiscito, entre otros. Las decisiones que las comunidades tomen durante el proceso de consulta deberán ser vinculantes.

  1. Política de aguas y justicia hídrica

La política pública minero energética y ambiental deberá reconocer que la base de ordenamiento del territorio son las aguas y bienes comunes para la garantía de la vida. El Estado deberá ofrecer condiciones para la protección especial de los territorios que regulan el ciclo hidrológico. La política pública no sería una construcción exclusiva de la institucionalidad. En cambio, sería construida a partir de un ejercicio legislativo popular y comunitario, que produzca una nueva concepción de lo público.

Esta política debe considerar:

Derecho Fundamental al agua: El agua deberá ser reconocida como derecho fundamental, al ser un bien común y público para el consumo humano, la producción de alimentos, para la soberanía alimentaria, la recuperación tradicional de semillas y la diversidad cultural y ambiental de los territorios[2]. El Estado deberá garantizar la naturaleza inalienable, imprescriptible e inembargable de los sistemas hídricos.

La gestión del agua debe estar en manos del Estado o comunidades organizadas: La gestión del agua deberá estar exclusivamente en manos del Estado o comunidades organizadas, ya que son condición necesaria para que se garantice un derecho fundamental del agua en los territorios. Se debe derogar el Artículo 365 de la Constitución Política de Colombia y la Ley 142 de Servicios Públicos que promueven la privatización de la gestión del agua en el país.

Ley Propia para la gestión comunitaria: Deberá reconocerse el derecho de las comunidades y poblaciones organizadas a gestionar y manejar las aguas de manera colectiva, a través de acueductos comunitarios y distritos de riego.[3] La gestión comunitaria[4] es un patrimonio cultural, y una alternativa concreta y realista para satisfacer el acceso al agua de las comunidades que de forma auto-gestionada han construido sistemas de abastecimiento respetando los ciclos hídricos en los territorios. Las comunidades organizadas podrán gestionar de manera comunitaria del agua y participar en la construcción de un modelo público – comunitario que fortalezca la autonomía territorial.

Reforma Acuaria: En la actualidad, Colombia es uno de los países más desiguales no sólo en términos de la propiedad de la tierra, sino en relación con los derechos para el uso del agua. En particular, el 1.1% de los dueños de las concesiones de agua en el país tienen el 62% del volumen del agua concesionada. El estado colombiano ha privilegiado un uso corporativo en la administración del agua.

A la par con una reforma agraria se requiere una reforma acuaria, en donde se les restituya a las víctimas las aguas acaparadas por un modelo privatizador, es decir, se restituyan ciénagas, lagunas, ríos que fueron apropiados por terratenientes durante la guerra. Aguas determinantes para la reproducción social, cultural y espiritual de cientos de comunidades ribereñas y cienagueras que han vivido de la pesca.

  1. Propuestas para una política minera en Colombia

El modelo económico extractivista impuesto los últimos 30 años en nuestro país se ha construido sobre la premisa del agotamiento intensivo de las materias primas con fines exportadores. Este principio ha contribuido a la depredación acelerada de los territorios que albergan estos elementos y a las materias primas en sí. La sobrecarga ambiental y social que el extractivismo ha producido puede ser revertida utilizando el principio de extracción necesaria. De tal manera, proponemos los siguientes asuntos para una política minera:

Eliminación de la declaratoria de la minería como utilidad pública e interés general. Se derogarán los artículos del Código Minero que declaran la minería como una actividad de utilidad pública e interés general. La actividad extractiva no puede sobreponerse como prioridad de ordenamiento social y ambiental del territorio, vulnerando los derechos económicos y territoriales de particulares y colectivos. Esta declaratoria privilegia la minería sobre otras actividades y derechos de rango constitucional asociados con el deber del Estado por garantizar la calidad de vida de los habitantes, el derecho al medio ambiente sano y la autodeterminación de los entes locales para el ordenamiento territorial. Además sacrifica las actividades de supervivencia ancestrales de los territorios, transformando los usos del suelo e impactando la riqueza paisajística e hídrica de los territorios.

Declarar ecosistemas esenciales que regulan el ciclo hidrológico integral como áreas libres de minería y actividades extractivas, sujetas a protección especial por parte del Estado colombiano. Se deberá excluir cualquier actividad minera de ecosistemas terrestres y marinos productores de agua y que garanticen las condiciones ambientales y materiales para la soberanía alimentaria y la salud de humanos y no humanos. Los páramos, los humedales, las ciénagas, los arroyos, ríos, y otras fuentes hídricas deberán ser prioritariamente protegidos frente a cualquier actividad extractiva procurando la gestión y protección autónoma de las comunidades sobre los mismos.

Moratoria minera. Es necesario establecer los mecanismos administrativos expeditos para hacer una declaratoria de moratoria minera en el país. Esta moratoria consistirá en suspender la expedición de títulos mineros, y licencias ambientales para exploración o explotación minera o cualquier disposición legal frente a esta actividad, hasta que no se revise el estado de constitucionalidad de los títulos y licencias entregados anteriormente en el país bajo condiciones denunciadas por su ilegalidad, así como los procedimientos asociados con consulta previa y consentimiento previo, libre e informado de las comunidades.

La moratoria minera apunta a una construcción colectiva de una política minera de cara a las comunidades y a la naturaleza, en donde «la minería necesaria o esencial» siga siendo la medida espacial y temporal para la actividad minera del país.

Construir e implementar mecanismos de participación que garanticen el derecho de las comunidades para el ordenamiento y control social del suelo y del subsuelo. Siguiendo los principios de autonomía y autodeterminación de los pueblos, se deberá garantizar la propiedad, gobierno y administración del subsuelo a las comunidades. Desde una concepción integral del territorio (sobresuelo, suelo y subsuelo) el ordenamiento ambiental deberá ser determinado por las autoridades locales y territoriales, teniendo como principio el derecho fundamental al agua y al medio ambiente sano.

Es necesario desarrollar una ley de ordenamiento ambiental que reconozca a las comunidades étnicas y campesinas como autoridades ambientales y que se construyan mecanismos de armonización con las autoridades gubernamentales pertinentes y las autoridades consuetudinarias.

Minería esencial o necesaria. Reconocemos la importancia de los minerales en la vida humana, pero entendemos que el cambio de la matriz de producción y consumo energético es un paso crucial para retornar al principio de la minería estrictamente necesaria, que permitiría un aprovechamiento racional y ambientalmente de los minerales en nuestro país.

  1. Soberanía y Autonomía Alimentaria e impulso a la agroecología

El Estado deberá promover incentivos a los campesinos, indígenas y afrodescendientes para sustituir progresivamente la agricultura basada en el uso de insumos petroleros. Los sectores rurales recibirán apoyo para el desarrollo de la producción de alimentos, la protección de la pesca artesanal. El Estado deberá garantizar condiciones para que las comunidades rurales cuiden y manejen libremente las semillas ancestrales y nativas y estas deberán ser declaradas un patrimonio de los pueblos al servicio de la humanidad.

Derechos campesinos: Se deberá reconocer al campesino como sujeto de derechos, tal cual lo establece la declaración de las Naciones Unidas. El Estado deberá proteger las Empresas Comunitarias producto de las luchas campesinas de la Década de los 70. Y reconocer las Zonas de Reserva Campesina constituidas, su conformación y reconocimiento legal en los lugares del país en donde las comunidades lo decidan, según las condiciones agroecológicas, económico-sociales y otras formas de organización campesina. Finalmente, deberá respetar las Reservas Forestales Protectoras de la Amazonía, los macizos, páramos, sus valles y la calidad agrológica de los suelos; y, proteger la tradición y vocación agroalimentaria de las regiones.

  1. Reconocimiento como Víctimas del Desarrollo

El Estado colombiano deberá cumplir las obligaciones internacionales en materia de DESCA y específicamente atender adecuadamente a las víctimas de desplazamiento forzado a causa de la implementación de proyectos de “desarrollo” y adoptar soluciones efectivas al problema.

  1. Comisión Nacional de Verdad Ambiental

Se constituirá una Comisión Nacional de Verdad Ambiental con el propósito de la reconstrucción de la memoria ambiental y ecológica del país, y con ella la búsqueda de verdad sobre el origen, el desarrollo y las consecuencias de los conflictos socio – ambientales asociados a la confrontación armada, en los que la naturaleza fue escenario y botín de la guerra -incluidos los territorios y los cuerpos de los hombres y las mujeres. De esta manera, es necesario reconocer que los daños ambientales, la muerte de animales, la destrucción de territorios en el marco del conflicto armado no fueron producto sólo de bombardeos y fumigaciones, sino de la militarización de los territorios que cedieron importantes beneficios a sectores empresariales.

La Comisión trabajará a partir de casos emblemáticos, por ejemplo el emplazamiento de la represa de Urrá I, la palmicultura en Chocó y Tumaco, las fumigaciones en Putumayo y Catatumbo, los derrames petroleros en Arauca, el batallón de Alta Montaña en Sumapaz, la desecación de ciénagas en el Caribe, entre otros.

El análisis de casos permitirá definir: de una parte, los patrones de acción a emprender para la restauración de ciclos naturales y territorios afectados por la confrontación armada, y, de otra, la generación y aplicación de nuevos modelos de reparación social en el proceso de posacuerdo. Además, de definir responsabilidades para que los actores se comprometan en su no repetición. Esto para los casos con características similares a los que sean reconstruidos, analizados, trabajados con rigor y a profundidad.

En síntesis, los hallazgos de la Comisión deberán permitir que dentro de los procesos de ordenamiento territorial se garantice el respeto a los ciclos y procesos de intercambio orgánico entre la naturaleza humana y no humana. Lo anterior, en perspectiva de construcción para la paz territorial.

La Comisión de Verdad Ambiental estará integrada por organizaciones, procesos y movimientos sociales que históricamente han realizado trabajo por la defensa de la naturaleza y de los derechos territoriales. Y contará con la presencia de delegados de comunidades que han padecido la guerra. Incluirá también una veeduría internacional para garantizar que los resultados del trabajo de la Comisión en busca de verdad ambiental sean tenidos en cuenta para la reparación integral de las víctimas humanas y en la restauración de la naturaleza no humana.

[1]          Entiende por soberanía el ejercicio de control de la vida y de nuestros bienes naturales, manejar nuestro destino como individuos, comunidad o Estado. La soberanía supone la independencia y el derecho a decidir. Es una demanda esencial en la vida de las personas y las sociedades.

[2]          A pesar que en la jurisprudencia de Colombia se reconozca el derecho fundamental al agua en varias sentencias, al no estar reconocido explícitamente en la Constitución, la única forma de defender su derecho es por medio de la acción de tutela.

[3]            Dentro de la lógica de un mercado mundial del agua, las empresas privadas se presentan durante los últimos años como capaces de satisfacer este derecho.

[4]            En Colombia, la gestión comunitaria suma alrededor de 12.000 acueductos comunitarios, y suministra agua potable a cerca del 40% de los pobladores rurales en el país. Los acueductos comunitarios reivindican los derechos de las comunidades para construir colectivamente controles democráticos para el manejo del agua en los territorios.

Por una política minero – energética soberana, autónoma y sustentable

Movimiento Ríos Vivos

www.defensaterritorios.wordpress.com

riosvivoscolombia@gmail.com

 

Consultar documento en PDF

3 pensamientos en “Política energética colombiana y propuestas del Movimiento Ríos Vivos para su transformación.

  1. Pingback: Ríos Vivos invita a instalación Mesa Social Minero Energética y Ambiental | Movimiento Colombiano

  2. Pingback: Paz Territorial y Acaparamiento en Colombia. Concepciones de paz en disputa -

  3. Pingback: Paz Territorial y Acaparamiento en Colombia. Concepciones de paz en disputa | Movimiento Colombiano

Deja un comentario